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Parte 1: Francisco Ishino Kawanishi y la Acusación de Contrabando

Presentación

En América Latina es un campo de estudio poco analizado cómo los migrantes asiáticos, particularmente japoneses, enfrentaron -en diferentes momentos- diversas vicisitudes ante la justicia penal. Los estudios existentes han dado prioridad al análisis de la adaptación de los nuevos migrantes a las reglas de la sociedad y en su capacidad de superación a través del arduo trabajo, honestidad y el gran sentido del honor.

Sin embargo, lo anterior pierde de vista el hecho de que durante su residencia y vida cotidiana podían ser objeto o sujeto de hechos delictivos en materia penal, administrativa o civil. Es decir, situaciones que le podían suceder a cualquier habitante en una pequeña o grande ciudad latinoamericana independientemente de su lugar de origen.

Lo anterior fueron los elementos que motivaron a la presente investigación para el caso de México. El primer problema que se enfrentó fue la escases de incidentes en materia criminal/penal que involucran a un residente japonés. Sin embargo, se identificaron algunos casos pero no excedían más de veinte en un periodo de casi cien años. Entre esa delimitación, los de materia penal/criminal que implicarán delitos graves era aún menor, siendo la mayoría pertenecientes a situaciones como abuso de confianza, multas, impuestos, o faltas a la ley de naturalización. Se notó, también, que la gran mayoría terminaban en la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) y la revocación de la sentencia dada por una instancia judicial anterior.

No debe descartarse el hecho, tanto en materia civil, criminal, o administrativa, de la existencia otros casos donde a un migrante japonés de primera generación se le haya enjuiciado e imputado una sentencia y ésta se haya ejecutado. Pero para encontrarlos se tendría que hacer consultas individuales en los Tribunales Superiores de Justicia (TSJ) de cada uno de los Estados de la República Mexicana. Por lo que se optó por la búsqueda de los expedientes que llegaron a la SCJN, solicitando un recurso de amparo y fueron consultados a través del sistema de búsqueda del archivo de la SCJN. El método de investigación fue el siguiente: se delimitó la búsqueda a los años 1910-2000; se dio preferencia a casos de material penal.1 Los casos de los residentes japoneses que llegaron a la SCJN fueron en su generalidad amparos en distintas modalidades, que son mociones levantadas por quejosos para apelar la sentencia dictada de un determinado TSJ estatal, o algún juez de lo penal distrital.2 De ese universo se seleccionaron cuatro casos que involucraron a residentes provenientes de Japón y la presente serie realizará una narración de los hechos de acuerdo con el expediente judicial.


Francisco Ishino Kawanishi y la Acusación de Contrabando

Busto de Francisco Ishino Kawanishi en la rotonda de hombres ilustres, Tijuana, Baja California

Francisco Ishino Kawanishi ingresó a México en 1923 y fue un comerciante muy respetado en Baja California. Ishino fue acusado por el presunto delito de contrabando de sacos de yute en 1933. La sentencia fue dictada de manera turbia por las autoridades locales, sin antes haber demostrado plenamente su culpabilidad. Por lo que una vez llegada a la SCJN, a través de la defensa y asesoría del licenciado Hermenegildo García, obtuvo un amparo y absolvió a Ishino de todo delito.

En efecto, Ishino nació en 1908 en Shizuoka, Japón. Era naturalizado mexicano y se sabe que para 1931 era soltero, tenía 23 años y ya tenía viviendo en México, por lo menos, más de dos años. Comerciante de oficio, era -a su corta edad- propietario del “Rancho de los Japoneses” donde daba empleó a varios connacionales y fue dueño de la miscelánea “El Edén” en Tijuana.3

Manuel Hernández, vecino de Ishino, levantó una denuncia por contrabando el 16 de junio de 1931 ante la aduana fronteriza de Tijuana. El día siguiente, respaldados por el ministerio público y en presencia del demandante, agentes aduanales hicieron un cateo al “Rancho de los Japoneses”. En esa localidad las autoridades aduanales encontraron 412 sacos de yute, mismos que Ishino pudo comprobar su legalidad a través de una boleta de importación expedida por la misma aduana tiempo atrás.

No satisfecho, Hernández pidió que también se buscara la posible existencia de sacos de yute en un monte perimetral al rancho “Misión Vieja” –a kilómetros de distancia del referido rancho de Ishino –, donde agentes aduanales encontraron múltiples sacos de yute “escondidos” entre los matízales y rocas cuyo peso total fue de 2,019 kilos. Ishino negó haber ingresado esos productos a México, pero Manuel Hernández aseguró que había escondido dichos sacos junto con Oscar Kawanishi y Asakichi Nishita el día anterior, y por eso pidió a los agentes que revisaran la zona. Este testimonio lo respaldó el resto de la familia Hernández, aunque con continuas contradicciones.

La principal defensa de Ishino fue que logró demostrar que no estaba en México, sino en San Ysidro, California, haciendo compras para su tienda “El Edén”, a la hora en la que la familia Hernández declaró que estaba “escondiendo” los sacos de yute en el monte. También, durante el juicio, los 2,029 kilos de yute fueron vueltos a pesar, y ante la corte se demostró que estos eran sólo 1,750 kilos. Pese a la irregularidad de la demanda y de los hechos, el juez primero de distrito en el Territorio de Baja California, dictó sentencia de dos años y dos meses de prisión el 6 de octubre de 1931 contra Ishino basándose en los testimonios de la familia Hernández. Francisco Ishino apeló esa decisión y su caso fue transferido al Tribunal del Cuarto Circuito de Jalisco, mismo organismo que, obviando las irregularidades, refrendó la sentencia del juzgado bajacaliforniano el 3 de enero de 1932.

Los sacos escondidos en el monte tenían la peculiaridad de ser iguales a los poseídos legalmente por Ishino. Por lo que, lo anterior, sirvió también al juzgado mexicano para sentenciarlo. No obstante, el japonés argumentó que meses atrás sus bodegas en San Ysidro –que contenían grandes cantidades de yute– habían sido robadas; hecho que logró corroborar con el testimonio del Deputy Sheriff, Jay Swinehart, y por el testimonio del empresario californiano J. W. Miller. Por lo que, aun cuando los sacos encontrados en los matorrales hayan sido, en origen, propiedad de Ishino, ni él o sus empleados japoneses fueron los responsables de ingresarlos ilegalmente a México. Ishino llevó su apelación a la SCJN, ahí se le concedió el amparo y revocación de sentencia el día 4 de octubre de 1934, a raíz de las múltiples irregularidades en el proceso y en los dudosos testimonios de los demandantes.

Francisco Ishino después de lograr la comprobación de su inocencia siguió con sus actividades como empresario, fue un ciudadano ejemplar y como reconocimiento por su contribución a Tijuana, lo hizo merecedor de estar en la rotonda de hombres ilustres de esa ciudad fronteriza.

Notas:

1. Se buscó de manera manual los cien apellidos japoneses más comunes de acuerdo a una lista publicada por The Japan Times en 2009. Para algunos nombres japoneses espacialmente difíciles de transliterar al español, también se emplearon alternativas de escritura más adecuadas al oído mexicano de la época, aunque por las múltiples variaciones que un solo apellido puede tener no hubo mayor éxito. Redacción, “Japan’s top 100 most common family names”, [en línea], The Japan Times, Japón, 11 de octubre de 2009. [consulta: 09/05/2018]

2. Cada incidente que encajase con lo buscado fue consultado, haciendo una selección final de cuatro casos acompañados de su respectivo expediente público; que se caracteriza por tener “censurado” los nombres y direcciones de los involucrados. Dado esto, se extrajo presencialmente la información elemental de cada caso en el Archivo, y el expediente público sirvió como punto de referencia para los detalles de las cuestiones legales.

3. El orden de sus apellidos varía. El expediente de la SCJN lo refiere como “Francisco K. Ishino”, pero la mayoría de la información histórica aledaña lo refiere como Francisco Ishino Kawanishi.

 

© 2019 Carlos Uscanga, Rogelio Vargas

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Sobre esta serie

La presente serie aborda casos de migrantes japoneses en México que tuvieron que enfrentar la justicia penal. La descripción de las acusaciones y el desarrollo de su defensa se basan en el contenido de los expedientes existentes en la Suprema Corte de Justicia de la Nación. El lector podrá apreciar el desarrollo del proceso judicial y la resolución final de los jueces que en la mayoría de los casos se comprobó su inocencia.

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Acerca del Autor

Carlos Uscanga es Profesor Titular del Centro de Relaciones Internacionales de la Facultad de Ciencias Políticas y Sociales de la Universidad Nacional Autónoma de México. Hizo su Maestría en Ciencia Política Internacional en la Universidad de Ehime, y obtuvo su Doctorado en Cooperación Internacional por la Universidad de Nagoya.

Última actualización en agosto de 2017


Rogelio Vargas Rodríguez es licenciado en Relaciones Internacionales por la Facultad de Ciencias Políticas y Sociales de la Universidad Nacional Autónoma de México. Realizó una estancia académica semestral en la Escuela de Política y Economía de la Universidad de Meiji en Tokio.

Última actualización en abril de 2019

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